Recorrido · Etapa 6 de 6
Cómo asegurar derechos cuando mamá y papá ya no estén
Hay una pregunta que aparece tarde o temprano: ¿qué va a pasar cuando yo no esté?
Es una pregunta muy difícil, pero es una pregunta necesaria. Porque todo lo que venimos trabajando (CUD, prestaciones, escuela, obra social) tiene que poder sostenerse en el tiempo.
“Para mí, el Estado siempre debe ser el plan B. Como padres, debemos garantizar que nuestros hijos con discapacidad tengan continuidad en sus tratamientos, apoyos y prestaciones, incluso cuando ya no estemos.”
Juan Cruz San Martín
La idea no es que el Estado sea la única respuesta. La idea es anticiparse para que haya continuidad:
Hoy se habla de sistema de apoyos. Es una herramienta legal que permite que una persona con discapacidad tome decisiones sobre su vida, con acompañamiento en los aspectos en que lo necesite.
No se trata de quitar autonomía, sino de organizarla y protegerla.
Se puede designar a más de una persona de confianza (por ejemplo, dos o tres) con firma indistinta, para que puedan actuar si falta el apoyo principal.
¿Por qué más de una? Porque el tiempo pasa, las situaciones cambian y es importante que haya respaldo.
Hay algo que no puede fallar: la continuidad de la cobertura de salud. El nomenclador prevé hogares permanentes, centros de día y distintas modalidades de atención que deben seguir cubriéndose.
Si los padres tienen obra social por monotributo o por relación de dependencia, la cobertura debe extenderse a sus hijos con discapacidad. Nadie puede negarla.
Las personas con discapacidad pueden ser monotributistas. Es un trámite virtual que da acceso a cobertura médica y, con los años, a una jubilación.
La persona que tiene un apoyo debería conservar la obra social del titular, pero no siempre sucede. Por eso recomiendo dejar asentado judicialmente que la cobertura continúe después del fallecimiento de los padres, y que quien ejerza el apoyo pueda presentar la documentación necesaria para asegurarla.
El sistema prevé distintas alternativas:
Una estrategia posible: empezar a conocer y vincularse con un hogar antes, para que no sea un cambio abrupto en el futuro.
Un punto sensible, pero necesario. Se puede establecer que la persona no tenga facultades autónomas para vender bienes registrables (casa, auto, etc.).
No se trata de limitarla, sino de resguardar su futuro y evitar situaciones de abuso o vulnerabilidad.
Puede ser una opción: contratar un seguro y designar como beneficiario al hijo o hija. No es lo primero que se piensa, pero puede ser un respaldo económico importante.
Además del sistema de apoyos, existen recursos para mantener la afiliación y evitar bajas de cobertura.
Por ejemplo: cuando una obra social intenta dar de baja o modificar prestaciones, una medida de no innovar permite mantener la afiliación hasta que haya una resolución.
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No. El sistema de apoyos (lo que antes se llamaba curatela) permite que la persona tome decisiones sobre su vida, con acompañamiento sólo en los aspectos en que lo necesite. No se trata de quitar autonomía, sino de organizarla y protegerla.
La persona con discapacidad que tiene un apoyo debería conservar la obra social del titular, pero no siempre sucede. Por eso se recomienda dejar asentado judicialmente que la cobertura se mantenga después del fallecimiento de los padres, y que quien ejerza el apoyo pueda presentar la documentación necesaria.
Sí. Las personas con discapacidad pueden ser monotributistas. Es un trámite virtual que permite acceder a cobertura médica y, con los años, a una jubilación.
Se puede recurrir a una medida de no innovar para mantener la afiliación y las prestaciones hasta que haya una resolución.
Cuanto antes. Anticiparse permite que haya continuidad en los tratamientos, los apoyos, la cobertura de salud y el lugar donde vivir, y evita que las decisiones se tomen de urgencia.
Nadie quiere pensar en esto, pero cuando se ordena a tiempo, lo que aparece no es miedo, sino tranquilidad. El futuro deja de ser una incertidumbre y pasa a tener estructura.
Planificar no es resignarse. Es cuidar. Proteger el presente y el futuro de las personas con discapacidad no es sólo un deber legal: es un acto de amor y de justicia.
Cada situación es distinta. En una consulta revisamos tu caso y armamos los pasos a seguir.
Esta guía es información general y no reemplaza el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.